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Ley de primer empleo: situación actual y perspectivas


La iniciativa de Ley denominada “Ley de Promoción del Contrato del Primer Empleo para la Juventud”, que fue presentada por el Diputado Alberto Lacayo, Presidente de la Comisión Laboral de la Asamblea Nacional (AN) el 28 de junio del año 2012, a pesar de ser respaldada por centenares de jóvenes de unos 17 municipios de Nicaragua, en un proceso de consulta y enriquecimiento del mismo, caducó.

Dicha información, se obtuvo en respuesta a una solicitud de acceso a la información realizada por la Plataforma Nacional Juvenil el día 21 de julio de 2015 a través del Programa Derecho a Preguntar de la Fundación Violeta Barios de Chamorro, alegando que “caducó su proceso de formación de ley y se envió al archivo".

Ley de primer empleo: situación actual y perspectivas

Las ferias laborales demuestran el verdadero rostro del desempleo en Nicaragua / Fotografía de El Nuevo Diario por Henry Padilla

Cabe destacar que ésta iniciativa a pesar de haber sido consensuada presentaba serias deficiencias, al menos eso fue lo que encontró el profesor Uriel Pineda en 2012 quien dijo que "ésta ley presenta cuatro problemas: Tiene un costo fiscal alto (dinero que deja de percibir el Estado) respecto del beneficio. Propicia en el empresariado un oportunismo insano, es decir, tendrán trabajadores en sus empresas para sus fines particulares pagados en parte por el Estado. Promueve la contratación de jóvenes, pero no la generación de empleo en sí. La propuesta beneficia a jóvenes con cierto nivel de educación, esto quiere decir que no es el segmento de población más vulnerable como lo son los jóvenes que no han tenido acceso a la educación superior o técnica”.

La evaluación de las iniciativas desplegadas durante los últimos años, deja algunas lecciones que conviene sintetizar, al menos esquemáticamente, tanto desde el punto de vista programático, como en términos institucionales y en materia de los recursos invertidos.

La normativa internacional cuenta con un instrumento importante para la protección y el fomento del desarrollo integral de la juventud, que es la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes. Es un Tratado Internacional de Derechos Humanos, firmado el 11 de octubre del 2005 en España, cuyo alcance de aplicación está circunscrito a los 21 países que conforman la Comunidad Iberoamericana de Naciones. Tiene carácter vinculante para los Estados partes, estableciendo compromisos de garantizar a las personas jóvenes (entre 15 y 24 años) el cumplimiento de los Derechos Humanos recogidos en su articulado.

En relación al tema que nos compete, sus artículos del 26 al 29 están relacionados con el derecho al trabajo, a condiciones de trabajo entendidas como derechos laborales y sindicales, derecho a la protección social y el derecho a la formación profesional continua que permita acceso al empleo. Esta Convención aún no ha sido ratificada por Nicaragua.

• Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud (Ley 392):

La Ley tiene por objeto promover el desarrollo humano de mujeres y hombres jóvenes, garantizar el ejercicio de sus derechos y obligaciones, establecer políticas institucionales y movilizar recursos del Estado y de la sociedad civil para la juventud.

Además, establece como derechos de las juventudes, entre otros, el acceso a un empleo con salario justo y a políticas de promoción de entrada al mercado de trabajo que posibiliten ingresos y recursos para la juventud o sus familias que mejoren sus condiciones de vida. El capítulo IV está dedicado a la política de promoción y generación de empleo y el capítulo V contempla la creación de pequeñas y medianas empresas juveniles.

En línea con lo anterior, la ley fue reglamentada conforme al Decreto 25-2002 y tiene por objeto establecer las reglas de carácter específico para el desarrollo y aplicación efectiva de la Ley núm. 392. Se refiere, en particular, a los diferentes aspectos del empleo juvenil, tales como, la generación de empleo, la capacitación técnica media y superior e inserción laboral, los derechos laborales de la juventud así como las políticas sociales y los derechos políticos de los jóvenes.

Esta Ley Nacional de Juventud, reconoce el derecho al empleo, la inserción laboral y las condiciones de trabajo dignas para las y los jóvenes, así como el derecho a tener seguridad social y a recibir formación profesional.

Son muy pocos los programas especiales para jóvenes que cuentan con un marco legal o reglamentario específico o muy pocos que promuevan nuevas iniciativas como lo podría ser una Ley del “Primer Empleo”, “Ley de Pasantías Laborales”; esta última que en forma de anteproyecto de ley fue introducida por iniciativa de una Diputada de la Bancada del Frente Sandinista en 2011 a la primera secretaría de la Asamblea Nacional sin que esta haya seguido su debido cauce.

Esta ausencia de un marco jurídico dificulta la coordinación y la coherencia entre los diferentes actores nacionales que fomentan el empleo y empleabilidad juvenil. Con frecuencia, son programas dirigidos a segmentos específicos, que no plantean el tema de forma general, son elaborados según las necesidades del mercado, con un programa curricular muy limitado y con una duración muy escasa, no configurada en torno a las necesidades del sector.

Finalmente, la legislación no es suficientemente conocida ni despierta el interés de algunos sectores como las empresas. Por ejemplo, en su mayoría por no inferir a un consenso, los actores sociales consultados en grupos focales y entrevistas en profundidad, expresaron la necesidad de establecer una cuota de jóvenes en las planillas de las empresas. En este sentido, el Arto. 9, numeral 2, inciso b, reza: “Se promoverá que las instituciones estatales y privadas, de conformidad a la necesidad laboral de las mismas, contraten como mínimo el 30% de mano de obra juvenil.”

Según el Banco Central de Nicaragua un 96% de la población en el país cuenta con trabajo / Fotografía de La Prensa

Según el Banco Central de Nicaragua un 96% de la población en el país cuenta con trabajo / Fotografía de La Prensa

Los principales acápites-artículos de la Ley Integral de Juventudes que benefician el acceso a la Juventud a un Primer Empleo son:

CAPITULO IV. DE LA POLÍTICA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO:

Artículo 8: Las políticas de empleo en el campo y la ciudad de las y los jóvenes deben fomentar las oportunidades de trabajo en distintas modalidades para reducir el desempleo, el sub-empleo y generar nuevas alternativas para el ingreso de la juventud al mercado laboral y la promoción de la experiencia laboral y la generación de ingresos que le permita a los jóvenes mejorar sus condiciones de vida.

Artículo 9: El fomento de esta política contempla las siguientes líneas de acción:

1. Sistema de Información para:

a) Diagnosticar las necesidades laborales del mercado nacional y las capacidades que se requieren en técnicos y profesionales, recursos, bienes y servicios.

b) Diseñar programas, planes y proyectos disponibles en el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos que permitan a la juventud acceder a información relacionada con la demanda de empleos, a las carreras técnicas y profesionales que oferta el sistema educativo nacional y privado, así como, la forma de acceder a bienes, recursos y oportunidades que ofrece el Estado y la sociedad civil.

c) Que el sistema educativo nacional o privado incluya en su pénsum académico carreras técnicas vocacionales de acuerdo a las necesidades del país.

d) El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos tendrá una oficina en la que se recojan datos con información nacional e internacional que sirva a la juventud para informarse de las capacidades y necesidades del país en el mercado laboral.

2. Generación de Empleo:

a) Se destinará e impulsará un plan nacional de empleo juvenil promovido por el Ministerio del trabajo, en coordinación con Instituciones del Estado, la banca Privada, organismos no gubernamentales nacionales e internacionales relevantes para promover alternativas de empleos que en distintas modalidades y de acuerdo a la demanda del mercado laboral se oferte a las y los jóvenes.

b) Se promoverá que las Instituciones Estatales y privadas, de conformidad a la necesidad de las mismas, contraten como mínimo el 30% de mano de obra juvenil.

c) Se fortalecerá el incremento de empresas, sean estas familiares o particulares, que prioricen la mano de obra juvenil.

d) Garantizar sin distinción la participación y acceso de las mujeres jóvenes en el mercado del trabajo brindándoles oportunidades de empleo mediante campañas de sensibilización a los empleadores para eliminar la discriminación o diferencias de trato por razones de edad o sexo.

e) Priorizar la inversión en las localidades con mayor índice de pobreza para garantizar que las jóvenes accedan a empleos y salarios dignos de acuerdo a lo establecido en el Código del Trabajo.

f) Las y los jóvenes con discapacidad tienen derecho a su incorporación al mercado de trabajo en condiciones que les permita sentirse útiles y apoyados (as) en su desarrollo personal a través del empleo.

Al referirnos a empleo juvenil, estamos hablando de generación de empleo de calidad y trabajo productivo; empleo y trabajo que dignifique a la persona, con respeto a sus derechos laborales; empleo y trabajo con un ingreso digno; empleo y trabajo que defina las prácticas de género en pleno reconocimiento de los derechos de la mujer; empleo y trabajo con protección social, diálogo social, desde la ciudadanía y las organizaciones. No obstante, también reconocemos que los desafíos para promover el empleo y trabajo decente implica un gran esfuerzo. En primer lugar, desde la mejora de condiciones de trabajo de las juventudes con la combinación de políticas macroeconómicas y sociales, hasta la construcción de trayectorias laborales que inicien desde la educación, hasta la acumulación de experiencia.

Una propuesta de política pública con enfoque de género que genere empleo decente a las juventudes centroamericanas debe tener en cuenta varios aspectos que van desde el método para su elaboración, los contenidos de la misma, hasta la forma en que se implemente:

• Sobre el enfoque de la política:

- Debe ser inclusiva, congruente, sustentada y con recursos.

- Debe romper el paradigma de que los jóvenes son el futuro, participando e involucrándose en actividades presentes.

- Debe defender la identidad de las y los jóvenes, anteponiendo sus capacidades, antes que prejuicios sociales que nos condenan y desvalorizan como personas.

- Debe incluir los siguientes aspectos: no discriminación, igualdad, dignidad, desarrollo, equidad de género, respeto e igualdad para jóvenes indígenas, libertad de expresión.

- Abandonar los enfoques asistencialistas y preconcebidos.

Las filas en las ferias laborales demuestran la realidad del país y su juventud / Fotografía de La Prensa por J. Flores

Las filas en las ferias laborales demuestran la realidad del país y su juventud / Fotografía de La Prensa por J. Flores

• Con respecto al método para hacer la política ,esta deberían cumplir con una serie de parámetros dentro de las cuales podría identificar los siguientes:

- Las políticas deben ser creadas con y desde la juventud. Integrar las ideas de la juventud, sus expectativas, sus capacidades y habilidades, tomando en cuenta su representatividad a nivel de indicadores demográficos.

- Debe ser multisectorial, coordinando los esfuerzos interinstitucionales y comunitarios.

- El éxito dependerá de la alianza estratégica que se logre entre el Estado, la empresa privada y la sociedad organizada.

- En los espacios de incidencia política ya existentes o los que se creen debe asegurarse la participación de los diversos sectores de la juventud, con una clara participación de las y los jóvenes sindicalizados.

- Cualquier política de empleo juvenil debe ser ampliamente consultada con todos los sectores juveniles.

¿Qué debería integrar una política de primer empleo?

Una política pública orientada a fomentar empleo digno y decente para las y los jóvenes debe incorporar tres ejes: la Capacitación y preparación de la fuerza laboral, la generación propiamente de empleos y la garantía y compromiso de protección de los derechos laborales. A continuación exponemos ideas centrales en relación a cada uno de estos ejes.

1. Capacitación y preparación de la fuerza laboral:

Si hablamos de trabajo para las y los jóvenes, adquiere especial relevancia el tema Educación. En primer lugar porque, tal y como se ha expuesto en el apartado sobre las causas del no acceso a un empleo decente, las posibilidades de tener un empleo por primera vez, la calidad del mismo y las posibilidades de mantenerlo están directamente relacionados con el nivel educativo formal, y la formación profesional.

Pero no se trata solamente de la capacitación y recalificación que requiere cualquier persona trabajadora, debemos tener en cuenta que muchas de las personas jóvenes se incorporan al trabajo aún en la edad de culminar la formación. En el peor de los casos, este ingreso al trabajo se hace sin ni siquiera terminar los estudios de enseñanza básica o secundaria. Por estas razones las y los jóvenes plantean propuestas educativas a tener en cuenta en una Política de Empleo. A continuación algunos elementos nodales:

- Elevar la calidad de los sistemas educativos a través de mayor inversión en educación para garantizar continuidad y calidad.

- Es necesario identificar y diseñar políticas que contribuyan a retener a los jóvenes en el sistema educativo, sobre todo a las y los adolescentes entre 15 y 18 años.

- Crear o reforzar alternativas de educación para combatir la exclusión.

- Mejorar condiciones laborales y salariales del Magisterio, para mejorar su calidad y motivación.

- Lograr una mayor vinculación estudio - trabajo que permitan acumular experiencias mientras se estudia.

- Programas de prácticas laborales dirigidas en empresas e instituciones públicas con el fin de promover la experiencia laboral de las y los estudiantes.

2. Generación de empleos:

- Mantenimiento y mejoramiento del empleo en las personas empleadas.

- Fomento del autoempleo guiado y del emprendedurismo, que debe ir acompañado de apoyo institucional, no solo en sus inicios, sino en su desarrollo y consolidación.

- Prestar atención diferenciada al empleo en zonas urbanas y rurales.

- Debe ir dirigida a la igualdad de trato entre hombres y mujeres. Políticas activas dirigidas a la eliminación de barreras de género para acceder a puestos de trabajo.

- Debe contener medidas activas e individualizadas para la inserción y mantenimiento para jóvenes con discapacidad.

- Lograr una correcta articulación entre la oferta y la demanda procurando brindar respuestas a las necesidades de las empresas en materia de capital humano, empleo y formación.

- Establecer las condiciones generales para generar la creación de más y mejores fuentes de empleo para jóvenes. Tomar medidas sobre qué tipo de inversión desea el país, la adopción de políticas económicas y tributarias deben considerar el tema de la generación de empleos, facilitar encadenamientos productivos.

- Crear políticas activas que permitan la inclusión de jóvenes de primer empleo.

- Facilitar encadenamientos. Crear bases de datos y facilitar información y conocimiento de las empresas e instituciones públicas.

- Cuotas de contratación de mano de obra juvenil y su debido cumplimiento.

- Aprobar una Ley de Aprendizaje y acceso al primer empleo, que obliga a la inserción laboral de las y los jóvenes.

3. Garantía de cumplimiento de los derechos laborales:

- Políticas activas para eliminar las iniquidades en cuanto a retribución y condiciones de trabajo entre hombres y mujeres jóvenes. En especial, eliminar las prácticas violatorias de los derechos humanos de las mujeres, como es la prueba de embarazo, lo cual además atenta contra el derecho fundamental a acceder a un empleo para las mujeres jóvenes que en su mayoría están en edad reproductiva.

- Brindar mayores oportunidades de acceso a los jóvenes a puestos donde se respete el cumplimiento de derechos laborales.

- Garantizar condiciones de equidad para las y los jóvenes de primer ingreso al mercado laboral.

- Generación y apoyo a políticas que fortalezcan el régimen de seguridad social.

- Fortalecer inspecciones laborales.

- Creación de programas especialmente orientados a la atención de la precariedad en el empleo de las y los jóvenes.

- Fortalecer la formalidad del empleo de las y los jóvenes.

- Prever mecanismos que faciliten el acceso de los jóvenes que trabajan bajo modalidades abiertas al sector sindical.

En esta propuesta de ley deben establecerse vínculos necesarios entre los procesos de aprendizaje de las y los jóvenes y las habilidades que desarrollan y estar conectadas con políticas económicas que aseguren contextos para la generación de empleos que cuenten con elementos que garanticen que los mismos puedan aportar a la calidad de vida de quienes acceden a ellos.Tomando en cuenta las principales demandas de la juventud nicaragüense para que sea elaborada y aprobada una ley que en realidad propicie acceso a trabajos decentes a la juventud, tomando en cuenta el rol a jugar de los y las jóvenes, gobierno y empresarios.


 
 
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