Yader Morazán es especialista en temas de administración de justicia. Trabajó durante ocho años para el Poder Judicial, tiene 32 de vida y debido a la represión estatal de 2018 tuvo que dimitir a sus funciones estatales y optar por el exilio. Su papá, Adolfo Morazán, es un reconocido combatiente sandinista y fue apresado por razones políticas entre el 2018 y 2019 por el régimen de Daniel Ortega.
En esta entrevista a profundidad, Morazán expone su análisis respecto a la instrumentalización de la justicia en un contexto de represión y elecciones. Enlista las irregularidades en la detención reciente de varios opositores al Gobierno, acto que califica como "secuestros". Además, critica el instrumento jurídico utilizado en la mayoría de estos arrestos: la Ley 1055.
No hubo repliegue este año.
"No. Tampoco ha habido repliegue desde lo que ha significado el repliegue históricamente. Desde hace muchos años se desvió el simbolismo histórico por un simbolismo político partidario, y estas juventudes adeptas han desplazado a los que históricamente participaron en esa gesta heroica".
Pero, a diferencia de otros años, en este ni acto hubo.
"Ellos se quieren mostrar fuertes ante de la opinión pública, pero la comparecencia en actos masivos solamente los muestra tal y como están: fracturados y con bases históricas que ya no los están apoyando".
¿Qué expectativas se pueden tener del 19 de julio?
"No creo que se vaya a realizar un acto masivo, cómo se ha hecho en otros años. Sin embargo, la historia les ha demostrado que llenar plazas no es significado de respaldo popular. Yo tengo contacto permanente con muchos trabajadores, sobre todo en el poder judicial, y ellos no han logrado tener el control absoluto. Al día de hoy lo que impera para los trabajadores es la zozobra y las amenazas. Están despidiendo y se están cometiendo actos de una manera que históricamente nunca se ha visto en la justicia".
¿Hay patrones que logran describir la escalada represiva reciente?
"Estos patrones han demostrado que al régimen de Daniel Ortega no le interesa ganar esta elección, ni atraer nuevos simpatizantes. Al contrario, han apostado al uso de la fuerza y el temor para preparar un fraude electoral e incentivar la abstención de la población.
En pocas palabras, el régimen ha perdido la vergüenza. No existe la más mínima apariencia de legalidad en las cosas que están realizando. Yo he dado seguimiento desde antes de abril a la forma en la que ellos se han apoderado de la justicia y de las demás instituciones para reprimir durante el 2018, 2019 y 2020. Este año estamos frente a una nueva escalada represiva donde ya ni siquiera se pretende disimular legalidad. Ni siquiera sus propias leyes represivas están siendo utilizadas para los fines que estás persiguiendo".
¿Necesita aparentar legalidad?
"Aparentar legalidad no es algo que les preocupe, al contrario, ellos quieren mostrar que las instituciones están totalmente plegadas a las orientaciones monárquicas que descienden del reinado de El Carmen y ahora, a diferencia de los procesos de los presos políticos anteriores, ya ni siquiera se están fabricando pruebas. Se están pasando todas las legalidades y los marcos, sin importar la opinión interna o externa".
Pero Ortega ha insinuado que son víctimas bajo la retórica de la Guerra Fría
"Precisamente es la parte más interesante. Ellos están procesando, persiguiendo, capturando, haciendo secuestros, violaciones de domicilio, precisamente con una retórica y las retóricas no son una fuente sustantiva del derecho; es decir, no son delitos. Las retóricas tampoco son normas procesales.
A pesar de que la legislación actual no ha variado, al menos para justificar este tipo de allanamientos, o este tipo de asonadas. Sin embargo, lo siguen realizando, y lo están haciendo de una manera totalmente distinta a cómo lo habíamos visto en los años anteriores".
¿Cómo lo hacen ahora?
"Las detenciones son figuras procesales que nacen de una orden judicial, en primer lugar; y en segundo lugar, nacen de situaciones de gravedad o de urgencia. Ninguna de estas dos cosas caben. Por otro lado, una persona detenida tiene garantías procesales mínimas y derechos humanos. Es por eso que lo que estamos viendo no es nada parecido a una detención o a un proceso judicial. Estamos ante la comisión de muchos delitos.
No solo es un secuestro simple, sino un secuestro extorsivo. Lo dice el Artículo 164 del Código Penal, que un secuestro también puede ser con el propósito de carácter político y habla de una sanción de cinco a diez años de prisión. Este tipo de delitos cabe con autoridades, porque el artículo que le sigue en su inciso "c" habla de los delitos de secuestro que comete una autoridad o funcionario público prevaliéndose el ejercicio de su cargo".
La Policía Nacional se ha adjudicado todas las detenciones.
"Hay que recordarles que el uniforme no exime de responsabilidades penales. Tampoco lo son las llamadas 'órdenes de arriba'. El Artículo 6, numeral seis, de la Ley 872, ley que rige a la Policía, dice que la obediencia bebida en ningún caso puede amparar órdenes o acciones que entran en la excursión de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la ley.
Es decir, que a la Policía se le ha ordenado matar y disparar al pecho, al tórax, a la cabeza, y la misma ley de la Policía dice que ellos pueden desobedecer una orden cuando es contraria a la ley o que esta orden cometa un delito. Lo que pasa es que estamos en presencia de organizaciones criminales con uniforme".
La mayoría han sido detenciones de conformidad a la Ley 1055, según los comunicados.
"Citar una ley no es no lo mismo que aplicar una ley. Citarla es solamente hacer referencia a que existe. No saben ni aplicar sus propias leyes, porque la Ley de Soberanía no manda a encarcelar a nadie; tampoco ordena allanamientos.
Además, si te das cuenta, esa ley es solamente un artículo, que ni siquiera pasó por los mecanismos para su entrada en vigencia. Es un fragmento, un extracto de un discurso de Ortega. La forma en la que está redactada no dice nada nuevo, porque la Constitución Política habla de la soberanía, la independencia y autodeterminación. Es una retórica. Lo único nuevo que tiene esa ley es que te inhabilita para optar a un cargo de elección popular, y tampoco establece una sanción. No dice ni quién, ni cómo se aplicará. No dice si es un órgano administrativo o judicial.
Te remite a que auxilies del Código Penal. Te tilda de "traidor" en un lenguaje peyorativo, y la traición como delito se refiere estrictamente a un contexto de conflicto armado; claramente lo establece el Artículo 409 de la Constitución Política. Ese delito no cabe. No hay avance de fuerzas enemigas porque no estamos en guerra. Aquí no hay ni enemigos ni tampoco hay un ataque por parte de otros al Estado".
¿Se justifican entonces los 90 días de detención?
"Es parte de las reformas al Código Procesal Penal. Esa ley no debe de aplicarse de manera indiscriminada y antojadiza, ni de manera arbitraria. Su aplicación tiene muchas condiciones o requisitos técnicos procesales que deben de cumplirse; el tiempo debe ajustarse a la necesidad de ser aplicado. Tiene que ser idóneo respecto a la pena que se le puede poner a la persona. Tiene que obedecer a la naturaleza del delito, a la magnitud del daño causado, a un peligro de evasión.
Tampoco justifica la realización de audiencias en la clandestinidad con un defensor impuesto. No se puede esconder al acusado de forma humanitaria y de forma procesal, es decir, que no se les permita ni siquiera acceder a la alimentación y las medicinas por parte de sus familiares, y desde el punto de vista técnico-procesal, que no se les permita hablar con el abogado defensor de su elección".
Es una avalancha de arbitrariedades.
"En todo el tiempo que estuve dentro del sistema de justicia, y de todo el seguimiento que le he dado a los casos, incluso de los procesos políticos, te puedo decir que esto ha sido lo más arbitrario y desproporcional que se ha visto. Ha sido lo más arbitrario que he visto en mi vida. Y lo más desproporcional. Y lo más ilógico.
Es inverosímil pensar que el caso de los 'falsos Televisas' tuvo mejores garantías procesales y derechos humanos para defenderse y para enfrentar un proceso. Si haces una balanza de ese crimen organizado, una red internacional, que ha tenido mejores derechos frente a personas connotadas en el país y con reputación pública, te das cuenta qué tan mal estamos".
¿Se puede tipificar legalmente como un caso político?
"No cabe la mínima duda. Si es verdad que son delincuentes, como lo afirmó Ortega en sus discursos, pues que se les haga un proceso transparente, justo, con garantías procesales, con derecho a la defensa, con acceso a las audiencias. Pero que no esconda a los acusados, ni las audiencias, los expedientes; que no elimine todos los mecanismos legales que podrían proteger a las personas y dejarlos fuera del amparo de la ley.
Estamos frente una gran cantidad de arbitrariedades desde todos los puntos de vista. El 01 de junio, el Poder Judicial daba una orden de detención y allanamiento en contra de Cristiana Chamorro, y luego la Policía varió esa detención a un 'arresto domiciliar'. Y esos no son los parámetros de un arresto domiciliar.
El arresto domiciliar lo que hace únicamente es limitarte a que salgas de tu domicilio, pero no te limitarte al derecho a la comunicación con tus familiares. Además, lo impone un juez en una audiencia, no lo impone la Policía en el terreno. Estas detenciones no cumplen con ningún parámetro en la práctica, en la norma y en lo procesal.
Cuando arrestaron a Cristiana Chamorro habían pasado ya más de 25 testigos y habían revisado cientos de folios de registros contables que tenían que ver con la Fundación (Violeta Barrios de Chamorro). A Cristiana se le presentó una acusación de tres folios. Los que revisamos acusaciones sabemos que solo el membrete del Ministerio Público, el pie de firma, la designación de la autoridad judicial a la que te dirigís, la información de identificación de la víctima, la acreditación del Fiscal y la solicitud del trámite van en al menos dos páginas.
No creo que en una página tamaño carta hayan presentado una acusación donde han pasado más de 25 testigos y cuando se supone que han revisado cientos de folios. Es una total ridiculez. Por eso es que afirmo que no se quiere ni aparentar legalidad. En el caso de los anteriores presos políticos al menos se hacía una apariencia de legalidad".
Los familiares han pedidos pruebas de vida.
"Es que técnicamente están secuestrados. El Artículo 164 y 165 del Código Penal dice que la razón de fondo es de carácter político. Estos hechos encajan en un delito, pero la gama de delitos es aún más amplia. Las autoridades niegan toda las herramientas que establece la ley para la defensa de los detenidos. Solo le falta un requisito para considerarse una desaparición forzada: que la policía niegue el paradero de esas personas. Y la desaparición forzada es un delito de lesa humanidad".
¿Quién es responsable?
"Aquí hay muchas responsabilidades. Responsabilidades por acción y por omisión. Pero dependerá de las valoraciones en función de las particularidades. Así funciona el derecho. Por ejemplo: en el caso de Eddy Montes sí se tienen detalles; hay un responsable directo. También hay responsabilidad administrativa por omisión porque aquí hay delitos de encubrimiento.
Hay una cadena de mando y este tipo de casos los maneja directamente El Carmen. Cómo lo dijo el mismo Rafael Solís. De eso no que duda".
¿Cómo te imaginas las audiencias clandestinas?
"Durante el tiempo que estuve, miraba a jueces que limitaban el acceso a algunas salas, pero nunca supe de una audiencia clandestina en donde a los abogados no se les permita ningún tipo de acceso al expediente. Eso es algo atípico. Como abogado me desconcierta, y me pregunto, '¿qué se puede hacer en una situación como esta?', porque esto sobrepasa lo jurídico.
Ellos ahora tienen todo el sistema para crear y fabricar lo que ellos quieran. Insisto. Ya no se molestan en aparentar legalidad".
¿Qué sentido tiene el derecho?
"Para que te des cuenta cuando han violentado tus derechos, porque han sido reconocidos en un marco jurídico. Es la importancia de tener conciencia de eso. Los expertos en materia de justicia transicional son coincidentes en afirmar que hay que recurrir a todas las instancias y que eso sirve para documentar. La documentación es un elemento efectivo de pruebas para el futuro, y para establecer memorias perpetuas de modo, tiempo, lugar y responsables".
¿El mínimo en estas situaciones?
"Agotar todos los mecanismos".
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