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Congreso Legislativo de Honduras activa juicio político contra el fiscal general Johel Zelaya. Le acusan de intromisión electoral en 2025 y selectividad penal

  • hace 3 días
  • 9 Min. de lectura

El episodio de los supuestos audios ocupa un lugar especialmente delicado en la argumentación. El miércoles 29 de octubre de 2025, recuerda el expediente, el jerarca del Ministerio Público (MP) exhibió públicamente una memoria USB y divulgó grabaciones ya atribuidas a la consejera Cossette López-Osorio y a otras personas. En la conferencia afirmó que los audios eran auténticos y que demostraban la comisión de delitos graves, entre ellos asociación para delinquir y "conspiración" para "alterar" la voluntad popular. La denuncia sostiene que esa exposición pública se realizó sin garantizar previamente la cadena de custodia ni contar con una prueba pericial forense que validara el material. Para los firmantes, ese acto no solo habría vulnerado reglas básicas del debido proceso, sino que también habría lesionado la presunción de inocencia y convertido a la Fiscalía en un actor de presión política y social.


Por Jairo Videa | @JairoVidea

Tegucigalpa, Honduras
Johel Zelaya fue suspendido como fiscal general tras la admisión de un juicio político en su contra el lunes 23 de marzo de 2026; Marcio Cabañas asumió el cargo de forma interina | Fotografía cortesía
Johel Zelaya fue suspendido como fiscal general tras la admisión de un juicio político en su contra el lunes 23 de marzo de 2026; Marcio Cabañas asumió el cargo de forma interina | Fotografía cortesía

Tras la sorpresiva admisión del juicio político y la suspensión provisional de su cargo, el fiscal general de Honduras, Johel Antonio Zelaya Álvarez, quedó colocado en el centro de una de las controversias institucionales más delicadas del ciclo político-electoral reciente y de la historia reciente del país centroamericano.


La denuncia, presentada por cuatro diputados del Congreso Legislativo, lo señala por presuntas actuaciones contrarias a la Constitución, negligencia, incapacidad e incompetencia en el ejercicio del cargo, además de atribuirle conductas que —según el escrito, revisado por el equipo de COYUNTURA— habrían erosionado la autonomía del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) en momentos críticos del proceso electoral hondureño en el año 2025.


El documento, de 22 páginas, no se limita a una acusación aislada. Construye un caso político y jurídico amplio en el que el Ministerio Público (MP), bajo la dirección de Zelaya, habría pasado de ser un órgano de persecución penal a convertirse, según los denunciantes, en un actor con incidencia directa sobre la disputa electoral, la estabilidad de los órganos comiciales y la credibilidad del proceso democrático.


La pieza fue presentada este lunes 23 de marzo de 2026 por los diputados Jak Melem Uriarte Velásquez, Santos Isabel Pérez Rodríguez, Frank Anthony Alley Flores y Edgardo Rashid Mejía Giannini, quienes afirman actuar en ejercicio del control político que les reconoce la Constitución.


Un juicio político con base constitucional y un objetivo explícito: la destitución


La denuncia se apoya en el artículo 234 de la Constitución de Honduras y en la Ley Especial de Juicio Político, normas que —según el propio escrito— permiten activar este mecanismo contra funcionarios electos por el Congreso cuando exista una denuncia grave en el desempeño del cargo, actuaciones contrarias a la Constitución o al interés nacional, o manifiesta negligencia, incapacidad o incompetencia. El texto sostiene que la consecuencia de ese procedimiento es la destitución, sin perjuicio de eventuales responsabilidades administrativas, civiles o penales.


Los firmantes piden además una medida cautelar: la suspensión inmediata del fiscal general mientras dure la investigación. Su argumento es que la permanencia en el puesto podría facilitar la obstrucción del proceso o influir en la Comisión Especial que, conforme a la ley, debe investigar los hechos y rendir un informe al pleno legislativo. En la petición final, solicitan la admisión de la denuncia, el nombramiento de una comisión de nueve miembros y la separación temporal del cargo durante la fase investigativa.


La acusación central: una intervención del Ministerio Público en plena disputa electoral


El eje más fuerte del expediente gira alrededor de la actuación del Ministerio Público durante el proceso electoral de 2025. La denuncia sostiene que la Fiscalía, bajo conducción de Zelaya, desarrolló una serie de acciones públicas, operativas y procesales contra autoridades del CNE y del TJE que, a juicio de los denunciantes, vulneraron la autonomía de ambos órganos. Entre esas actuaciones se incluyen citaciones reiteradas a consejeras propietarias del CNE, intervención de instalaciones institucionales por parte de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), aseguramiento de documentación y anuncios públicos de investigación penal basados en audios cuya autenticidad, según el escrito, no había sido verificada por cadena de custodia ni por peritaje forense.


La denuncia afirma que estos hechos no ocurrieron en abstracto, sino en "momentos sensibles" del calendario electoral. Según el texto, el Ministerio Público expuso públicamente a autoridades electorales en funciones, generó un clima de inseguridad personal y familiar, y contribuyó a que algunas consejeras trabajaran temporalmente bajo modalidad virtual por razones de protección. También atribuye al fiscal general la continuidad de acciones judiciales contra esas funcionarias incluso después de la declaratoria oficial de resultados, algo que —según el documento— habría profundizado la deslegitimación del proceso.


Uno de los tramos más extensos de la denuncia se dedica a describir una supuesta afectación a la independencia del Consejo Nacional Electoral. El documento recuerda que, por mandato constitucional y legal, el CNE es el órgano autónomo encargado de organizar, dirigir y supervisar los procesos electorales. Desde esa premisa, acusa al Ministerio Público de actuar de forma contraria a esa arquitectura institucional al citar de manera reiterada a las consejeras Cossette López-Osorio y Ana Paola Hall, intervenir las instalaciones del organismo y secuestrar documentación institucional en medio de tensiones ligadas al calendario electoral.


La denuncia también reprocha la forma en que se difundieron públicamente audios atribuidos a una de las consejeras. Sostiene que el fiscal general exhibió una memoria USB en conferencia de prensa, afirmó la autenticidad de las grabaciones y les atribuyó hechos como asociación para delinquir y conspiración para alterar la voluntad popular antes de que existiera una validación técnica formal. A juicio de los denunciantes, esa conducta no solo vulneró reglas básicas de debido proceso, sino que convirtió al MP en un actor de presión pública sobre autoridades electorales en funciones.


El TJE en la mira: antejuicio, requerimiento fiscal y denuncias de intimidación


El expediente extiende las mismas objeciones al Tribunal de Justicia Electoral. Según la denuncia, el Ministerio Público promovió una solicitud de antejuicio y posteriormente un requerimiento fiscal contra los magistrados Mario Flores Urrutia y Miriam Suyapa Barahona, a quienes atribuyó el delito de prevaricato judicial por resoluciones adoptadas en el marco del proceso electoral. Los firmantes interpretan esas acciones como un golpe a la autonomía del tribunal y como una forma de intimidación política y jurídica en una etapa especialmente sensible del calendario electoral.


El documento afirma que esas actuaciones generaron un riesgo de parálisis institucional o de alteración de la composición del TJE mediante magistrados suplentes, con el consiguiente retraso en la resolución de casos y en el desarrollo general del proceso electoral.


Sobre esa base, la denuncia insiste en que el Ministerio Público no actuó con imparcialidad ni con objetividad, sino que usó su poder de persecución penal para condicionar el funcionamiento de una institución que debía permanecer libre de presiones externas.


Selectividad penal: las omisiones que la denuncia presenta como un patrón


Otro de los argumentos más delicados del expediente es la supuesta selectividad del Ministerio Público. La denuncia señala que, mientras se actuó con intensidad contra consejeras y magistrados electorales, otras conductas públicas y notorias habrían quedado sin respuesta equivalente. Entre ellas, menciona la negativa de un consejero del CNE a integrar sesiones de pleno, su anuncio de que no firmaría la declaratoria oficial de resultados y la postura de otros suplentes que, según el escrito, también se rehusaron a asistir a convocatorias legalmente emitidas.


El texto sostiene que, ante posibles delitos electorales, abuso de autoridad u omisión de actos propios del cargo, no se registraron actuaciones equivalentes de la Fiscalía contra esos funcionarios. Ese contraste, según los denunciantes, demostraría pérdida de independencia e imparcialidad, además de una selectividad objetiva en el ejercicio de la acción penal.


A esto suman una omisión en la investigación de hechos atribuidos al consejero izquierdista Marlon Ochoa, así como la falta de acción frente a otros episodios de violencia y denuncias ocurridas en el marco institucional.


La denuncia amplía el foco: elecciones primarias, Fuerzas Armadas y otros episodios


La pieza no se limita al tramo final de la contienda. También incorpora hechos relacionados con las elecciones primarias de 2025, cuando —según el documento— hubo retrasos en la distribución de maletas electorales, uso de vehículos particulares para el traslado del material y omisiones de las Fuerzas Armadas en su rol logístico y de seguridad. La denuncia afirma que, pese a haber promovido acciones penales contra dos empleados del CNE, el Ministerio Público no investigó a los superiores jerárquicos que habrían estado en posición de decidir o controlar el uso de esos recursos.


De forma paralela, el escrito agrega que el exjefe del Estado Mayor Conjunto, Roosevelt Hernández, habría solicitado copias de actas de Juntas Receptoras de Votos (JRV) para realizar un conteo paralelo ilegal e ilegítimo en centros operativos militares, lo que la denuncia presenta como una transgresión al rol apolítico y no deliberante de las Fuerzas Armadas.


A juicio de los firmantes, la Fiscalía no reaccionó con la misma contundencia frente a ese episodio, lo que refuerza la tesis de un patrón de omisiones y tratamiento desigual.


El episodio de los audios: un punto de quiebre en la narrativa del caso


Entre todos los hechos narrados, la conferencia de prensa del 29 de octubre de 2025 aparece como uno de los puntos de quiebre más visibles en la denuncia. El escrito sostiene que el fiscal general mostró una memoria USB entregada por el consejero Marlon Ochoa y divulgó grabaciones atribuidas a la consejera Cossette López, asegurando que eran auténticas y que probaban delitos graves.


Los denunciantes afirman que eso ocurrió sin cadena de custodia asegurada y sin peritaje técnico oficial que respaldara la autenticidad o integridad del material.


La acusación convierte ese episodio en un ejemplo de lo que describe como abuso de la función pública y revelación indebida de información de investigación. Además, lo relaciona con una posible infracción a la obligación del Ministerio Público de guardar reserva, proteger los derechos de las personas investigadas y actuar con objetividad.


En el documento, ese hecho funciona no solo como prueba de una presunta negligencia técnica, sino como evidencia de que el fiscal habría asumido un rol político-mediático incompatible con la independencia institucional exigida por la ley.


La argumentación jurídica: constitucionalidad, debido proceso y estándares internacionales


El expediente dedica una sección completa a explicar por qué, según sus autores, la denuncia no constituye un juicio moral anticipado, sino la activación de un mecanismo constitucional de control político. Afirma que la Comisión Especial que se nombró ayer mismo debe investigar con independencia y objetividad, y que el fiscal general conservará todas las garantías del debido proceso, entre ellas el derecho de defensa, el derecho a ser oído y la posibilidad de controvertir pruebas.


Los denunciantes además citan estándares internacionales, entre ellos las Directrices de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre la Función de los Fiscales, para sostener que el Ministerio Público debía actuar con imparcialidad, firmeza y prontitud, sin discriminación política.


También invocan un criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) sobre garantías en procedimientos de destitución. Con ello buscan reforzar la idea de que el proceso no puede convertirse en una sanción arbitraria, pero sí en una vía válida para examinar si el fiscal quebrantó los límites constitucionales de su cargo.


La dimensión política: una crisis que rebasa la figura del fiscal


Más allá del caso individual, la denuncia presenta una lectura más amplia del momento hondureño: la de una institucionalidad electoral tensionada por la polarización, la desconfianza y la interferencia de actores con poder político y militar. En ese marco, el Ministerio Público aparece en el escrito como una pieza decisiva, capaz de proteger el orden constitucional o de agravar la crisis. La tesis de los denunciantes es que Zelaya habría optado por lo segundo, al supeditar la persecución penal a coyunturas políticas y al actuar con desigualdad frente a distintos actores del conflicto.


La propia estructura del documento intenta sostener esa lectura: conecta hechos ocurridos en elecciones primarias, la disputa por resultados electorales, la actuación de las Fuerzas Armadas, los choques entre magistrados electorales y la difusión de audios polémicos, para concluir que el Ministerio Público dejó de ser un árbitro funcional del interés general y se convirtió en un agente de desestabilización institucional.


Esa es, en esencia, la tesis política del caso.


Lo que viene: investigación legislativa y votación final


Con la admisión del juicio político, el Congreso hondureño abre ahora la fase de investigación y deliberación prevista en la normativa. El mecanismo contempla la revisión de pruebas, la comparecencia del denunciado y, en última instancia, una votación del pleno para decidir si procede la destitución definitiva. En paralelo, la suspensión provisional mantiene al fiscal fuera del cargo mientras se desarrolla el proceso.


En términos políticos, el expediente coloca a la institucionalidad hondureña ante una prueba de alto voltaje: medir si el juicio político será leído como una respuesta a eventuales abusos del poder fiscal o como una nueva batalla entre bloques enfrentados en torno al control de la legalidad electoral.


Por ahora, lo que queda sobre la mesa es una denuncia extensa, jurídicamente cargada y políticamente explosiva, que acusa al Ministerio Público de haber interferido en el corazón mismo de la competencia democrática.



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