La respuesta estatal del sandinismo hasta la fecha ha sido evasiva o inexistente, intensificando el riesgo de daño irreparable que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), defensores regionales y las y los familiares de las víctimas buscan mitigar.
Por Redacción Central | @CoyunturaNic
Managua, Nicaragua

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha adoptado, a lo largo de 2024 y hasta el cierre de este texto, 10 resoluciones de medidas cautelares a favor de 37 personas detenidas, desaparecidas y/o desterradas en Nicaragua, argumentando una situación de gravedad y riesgo irreparable en el contexto de la crisis de derechos humanos que afecta al país centroamericano. Estos casos incluyen detenciones por razones completamente políticas, condiciones de reclusión inadecuadas, y falta de acceso a la justicia, de acuerdo con los detalles expuestos por las y los solicitantes y confirmados en las evaluaciones de la CIDH. Cada una de las resoluciones destaca la ausencia de información y la inacción del Estado nicaragüense, lo cual ha dificultado la protección de los derechos fundamentales de las personas afectadas.
Entre los casos más recientes se encuentra el de Steadman Fagot Muller, quien, tras oponerse desde su cargo público a las políticas gubernamentales hacia los pueblos indígenas, fue presuntamente detenido por el Ejército nicaragüense el 14 de septiembre. Desde entonces, su paradero y situación jurídica permanecen desconocidos. Al igual que en casos previos, el Estado no ha proporcionado información sobre su situación, lo que llevó a la CIDH a aprobar el lunes 28 de octubre de 2024 medidas de protección urgentes, exigiendo que el gobierno de Nicaragua informe si Fagot Muller está bajo custodia oficial y, de ser así, brinde acceso a sus representantes legales y familiares, además de garantizar su integridad física.
Gersom Antonio Zeledón Motta, Eveling Carolina Matus Hernández, Lesbia del Socorro Gutiérrez Poveda, y Carmen María Sáenz Martínez también han sido beneficiarios de medidas cautelares otorgadas el 24 de octubre de 2024. La CIDH determinó que la gravedad y urgencia de estos casos, caracterizados por desapariciones forzadas tras allanamientos y detenciones entre marzo y agosto de este año, ameritan la adopción de acciones estatales inmediatas. En estas resoluciones, la Comisión solicitó a la dictadura sandinista no solo informar sobre su paradero, sino también permitir acceso a sus defensores y ofrecer un informe sobre el contexto de su captura.
Otro caso relevante es el de Eddie Moisés González Valdivia, un militar retirado y disidente del partido oficialista que se encuentra recluido en el Centro Penitenciario Jorge Navarro "La Modelo" en Tipitapa sin acceso a defensa legal o a sus expedientes judiciales. La CIDH ha pedido al Estado que garantice condiciones de detención que respeten los estándares internacionales y permita acceso regular a sus familiares y abogados.
En "La Modelo" las condiciones de detención han sido denunciadas repetidamente. Frank Kevin Laguna Guevara, Óscar Danilo Parrilla Blandón, y Evelyn Susana Guillén Zepeda fueron identificados en agosto por la CIDH como beneficiarios de medidas cautelares tras constatarse denuncias de golpizas, maltratos e intimidación a manos de agentes penitenciarios. La falta de acceso a atención médica y la inexistencia de condiciones de reclusión adecuadas agravan su situación, tal como lo evidencian los padecimientos de Guillén Zepeda, quien enfrenta problemas de salud mental derivados de experiencias de violencia sexual. Laguna Guevara y Parrilla Blandón, según confirmación de esta Redacción, fueron expulsados del territorio nacional y desnacionalizados luego de ser excarcelados por orden del régimen Ortega-Murillo.
Situaciones similares fueron descritas en los casos de Douglas Acevedo Castillo, Anner Herrera, y Geovanny Jaret Guido Morales, para quienes también se aprobaron medidas cautelares el viernes 02 de agosto. A las denuncias de violencia física y trato inhumano, se añade la carencia de acceso a servicios de salud, lo cual, según la CIDH, representa una amenaza a su integridad física y psíquica. Castillo y Guido Morales fueron sacados de la cárcel y enviados a Guatemala en septiembre de este año.
En paralelo, la CIDH ha documentado otros casos de reclusos con condiciones de salud graves que no reciben la atención necesaria. Un ejemplo es Walner Antonio Ruiz Rivera, quien enfrenta enfermedades crónicas sin acceso a los tratamientos adecuados, situación que llevó a la Comisión a solicitar al Estado nicaragüense que garantice condiciones de detención que respeten la vida y la salud del beneficiario. Se desconoce hasta la fecha su estado.
El 06 de marzo, la CIDH adoptó medidas cautelares para Carlos Alberto Bojorge Martínez, estudiante universitario y poeta, desaparecido tras su detención el 01 de enero de 2024. Su captura, realizada tras una misa en la que llevaba símbolos religiosos y patrios, refleja la tensión entre el Estado y la comunidad religiosa, así como el contexto de persecución estatal hacia líderes religiosos y sus seguidores. Casos similares involucran a integrantes de la iglesia evangélica "Puerta de la Montaña", quienes fueron detenidos y privados de acceso a la atención médica, incluidos cuidados posnatales en el caso de Marisela de Fátima Mejía Ruiz, quien había dado a luz antes de su detención. Estas detenciones y el trato inhumano en prisión fueron evaluados por la CIDH como representativos de un contexto de represión religiosa en Nicaragua, señalando el riesgo de daño irreparable a la vida y salud de los beneficiarios.
Bojorge, los 11 pastores de la iglesia católica antes mencionada y Mejía también fueron desterrados por orden del Poder Ejecutivo de Nicaragua -controlado por el Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) desde 2007- a Guatemala, el jueves 05 de septiembre de 2024.
En sus resoluciones, la CIDH señala una y otra vez la falta de respuesta estatal como un elemento recurrente y determinante que aumenta el riesgo a la vida, integridad personal y salud de las personas afectadas. La ausencia de información oficial y la falta de medidas de protección efectivas reflejan, según la Comisión, una grave situación de vulnerabilidad y riesgo sistemático en el contexto carcelario y de represión política en Nicaragua.
La CIDH insta a Nicaragua a cumplir con sus obligaciones internacionales y tomar medidas inmediatas para proteger la vida y derechos fundamentales de quienes se encuentran bajo su custodia. Sin embargo, la reiteración de las denuncias y la falta de acción efectiva por parte del Estado mantienen en incertidumbre a los familiares y defensores de los detenidos, quienes continúan exigiendo justicia en un entorno cada vez más represivo y deshumanizante.
En total, entre 2010 y 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha aprobado 138 resoluciones con medidas cautelares para personas en Nicaragua. 2018 fue el año con más otorgamientos, con 34; seguido de 2021, con 32, y 2022 con 21. Cada resolución incluye entre una y tres personas en promedio.
La CIDH utiliza las medidas cautelares como mecanismo de protección para individuos o grupos en riesgo de sufrir daños irreparables en situaciones urgentes. Esta herramienta, regulada por el artículo 25 del Reglamento de dicho órgano, permite que el organismo solicite a un Estado tomar acciones específicas para resguardar los derechos fundamentales de personas en riesgo, sin que esto implique un juicio previo sobre la posible violación de derechos. Desde su creación, estas medidas han sido aplicadas para proteger a periodistas, defensores de derechos humanos, comunidades vulnerables y personas amenazadas por la pena de muerte, entre otros. Su propósito es doble: cautelar, preservando la situación jurídica de un caso en conocimiento de la CIDH, y tutelar, salvaguardando derechos humanos incluso en ausencia de una petición formal.
No obstante, las medidas cautelares están limitadas a casos de riesgo extremo y no abordan temas procesales o económicos, como el pago de compensaciones o disputas administrativas. En 2018, la CIDH fortaleció este procedimiento con la Resolución 3/2018, para mejorar la eficacia y rapidez de respuesta en casos de daños irreparables, consolidando su rol en la protección de derechos en el ámbito interamericano. En el caso del país centroamericano, siguen siendo medidas de reparación inadecuadas por el contexto.
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