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Cadena perpetua en la Constitución salvadoreña: qué cambió, cómo y en qué contexto

  • 18 mar
  • 5 Min. de lectura

La reforma se produce a pocos días de que se cumplan cuatro años del interminable Régimen de Excepción instaurado en marzo de 2022, una medida extraordinaria que ha sido el pilar de la estrategia de seguridad de la administración bukelista. Bajo este régimen, las autoridades han detenido a más de 90.000 personas acusadas de pertenecer o colaborar con pandillas. Esta política ha logrado reducir drásticamente los índices de homicidios, transformando a El Salvador —durante años uno de los países más violentos del mundo— en un territorio con niveles históricamente bajos de criminalidad.


Por Redacción Central | @CoyunturaNic

San Salvador, El Salvador
Pandilleros encarcelados en El Salvador | Fotografía de COYUNTURA
Pandilleros encarcelados en El Salvador | Fotografía de COYUNTURA

La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó este martes 17 de marzo de 2026 una enmienda constitucional que elimina la prohibición de las penas perpetuas y habilita la cadena perpetua para "homicidas, violadores y terroristas", una reforma impulsada por el mandatario Nayib Bukele y votada en bloque por el oficialismo. La norma fue aprobada en una sesión relámpago, sin debate preparatorio, y ahora debe ser ratificada en una segunda votación plenaria para que el cambio se incorpore de manera definitiva al texto constitucional.


Qué modifica exactamente la Carta Magna


El texto aprobado altera el inciso segundo del Artículo 27 de la Constitución para agregar —en la redacción votada— que "se prohíbe la prisión por deudas, las infamantes, las proscriptivas y toda especie de tormento. La pena perpetua solo se impondrá a los homicidas, violadores y terroristas". Esa frase, incluida en el acta de reforma, deja sin efecto la regla previa que situaba en 60 años el máximo efectivo de privación de libertad y la concepción constitucional orientada —al menos en sus enunciados— a la readaptación.


Cómo se aprobó —números y procedimiento


La votación se realizó con amplia mayoría: 59 votos a favor y una sola abstención o voto en contra según el registro público de la sesión. La iniciativa fue presentada directamente por el gabinete de seguridad y luego remitida a la plenaria, sin que mediara un análisis jurídico o audiencias públicas previas. Tras la aprobación inicial, la Asamblea deberá ratificar la enmienda en una nueva sesión para que surta efectos.


Quiénes empujaron y cuál fue el discurso oficial


La propuesta fue presentada ante el Legislativo por el ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, y defendida por legisladores del partido Nuevas Ideas. Villatoro dirigió su intervención contra las organizaciones de derechos humanos y quienes han criticado las políticas del Gobierno, argumentando que la norma responde al "derecho de las víctimas" y a la necesidad de impedir que agresores graves vuelvan a las calles. La vicepresidenta legislativa, Suecy Callejas, la presentó como "la garantía de que quienes destruyeron a las familias salvadoreñas… jamás vuelvan a caminar por nuestras calles".


En redes sociales, antes de la votación, el propio mandatario publicó mensajes exigiendo que se retire la prohibición constitucional y avisando que "veremos quiénes apoyan" la reforma, en una comunicación que también buscó neutralizar las críticas internacionales que venían en aumento.


Contexto: un país bajo Régimen de Excepción y cárceles colapsadas


La reforma llega en el marco de un Régimen de Excepción aplicado desde marzo de 2022 para desarticular a las pandillas. Bajo ese marco extraordinario, las fuerzas de seguridad han detenido a más de 90,000 personas, según registros oficiales y reportes periodísticos; alrededor de 500 detenidos han muerto bajo custodia, según recuentos de la sociedad civil. Esos números han generado denuncias sobre detenciones masivas, juicios sumarios y violaciones al debido proceso. El incremento del encierro masivo ha convertido a El Salvador en uno de los países con mayor tasa de encarcelamiento per cápita del planeta —cifras de centros de estudio penitenciario sitúan la tasa en torno a 1,659 reclusos por cada 100,000 habitantes— y puso al sistema penitenciario al borde del colapso.


Organizaciones nacionales de control y defensa legal han documentado además sobrecarga procesal: informes recientes calculan un promedio de 108 casos por fiscal auxiliar y más de 200 causas por defensor público en ciertos periodos, una presión que limita —según esos análisis— la posibilidad de investigaciones individualizadas y garantías de defensa para los imputados.


Señalamientos internacionales: posible comisión de crímenes de lesa humanidad


Pocas semanas antes de esta votación, un grupo de juristas internacionales —presentado ante foros regionales y organizaciones civiles— concluyó que existen "motivos razonables" para creer que, en el marco del estado de excepción, podrían haberse cometido crímenes contra la humanidad: prácticas sistemáticas como detenciones arbitrarias, tortura, desapariciones forzadas y muertes en custodia fueron documentadas y puestas en conocimiento de organismos internacionales. Informes periodísticos y ONG han pedido que se investiguen esas conclusiones y que órganos multilaterales evalúen la posible responsabilidad estatal.


Diputados de la Asamblea Legislativa de El Salvador, en una imagen de archivo | Fotografía de COYUNTURA
Diputados de la Asamblea Legislativa de El Salvador, en una imagen de archivo | Fotografía de COYUNTURA

En paralelo, Human Rights Watch y otras entidades han denunciado casos de detenciones arbitrarias de ciudadanos deportados desde el exterior y la existencia de centros de máxima seguridad donde se han reportado condiciones opacas y ausencia de garantías procesales. Esos hallazgos han alimentado la alarma por la posibilidad de que una pena irreversible como la cadena perpetua se aplique en procesos con fallas estructurales.


Riesgos jurídicos y efectos prácticos


Varios juristas y asociaciones locales han advertido que habilitar la pena perpetua en un contexto de sobreencarcelamiento y deficiencias procesales aumenta el riesgo de injusticias irreversibles: si personas sin suficientes pruebas son condenadas a prisión perpetua, las posibilidades de reparación efectivo y revisión judicial son limitadas.


Además, la reforma obliga a acomodar múltiples cuerpos normativos —Código Penal, Ley Penal Juvenil, Ley Contra Actos de Terrorismo y otras leyes secundarias— para homologar penas y procedimientos, lo que implica una oleada legislativa que se tramitará en los próximos días.


A ello se suma que, desde 2025, la Asamblea aprobó ya cambios que permiten tramitar en una sola legislatura las enmiendas constitucionales (evitando la ratificación por dos legislaturas distintas), una modificación que recortó tiempos y controles de deliberación y que, según organizaciones como Amnistía Internacional, reduce las garantías democráticas en procesos de reforma constitucional. Ese precedente institucional explica la velocidad con que el oficialismo ha podido impulsar cambios sustantivos en la Carta Magna.


Reacciones políticas y la oposición


El avance legislativo contó con el apoyo de la inmensa mayoría del bloque oficialista y con la adhesión —en esta votación— de algunos votos opositores, mientras que hubo al menos una voz disidente en la Asamblea. Sectores críticos, organizaciones sociales y la comunidad internacional expresaron preocupación por la mezcla de medidas de endurecimiento penal con un sistema judicial sobredimensionado y cooptado en la práctica por el Ejecutivo, según observadores independientes y medios locales.


Lo que sigue


Legalmente, la reforma debe ser ratificada en una segunda sesión plenaria para producir efecto constitucional. Administrativamente, el Legislativo deberá además subir a su tabla de sesiones una batería de modificaciones legales secundarias para que el Código Penal, la Ley Penal Juvenil y la normativa antiterrorista encuadren la nueva pena.


Desde la óptica de los derechos humanos y del derecho internacional, la combinación de una pena irreversible con un régimen de detenciones masivas y procedimientos acelerados plantea desafíos serios para la supervisión internacional y la posibilidad de exigir responsabilidad estatal por eventuales abusos.



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