La reducción del límite de velocidad en Nicaragua dispara la recaudación por multas y provoca crisis en el transporte interlocal
- Redacción Central
- hace 2 días
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Los choferes afirman que la señalización vial en varias carreteras sigue marcando velocidades superiores —60 u 80 kilómetros por hora— y que en algunos tramos solo se han cubierto los rótulos con bolsas negras, lo que aumenta la confusión y el peligro. Denuncian, además, que muchas multas se imponen sin mostrar evidencia de radar y que no hay coordinación entre las autoridades y las cooperativas para ajustar tiempos de recorrido.
Por Redacción Central | @CoyunturaNic
Managua, Nicaragua

La Policía Nacional, controlada por el régimen copresidencial de Daniel Ortega y Rosario Murillo, cerró el primer semestre de 2025 con una recaudación de 162.4 millones de córdobas en concepto de multas de tránsito, según cifras oficiales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Este monto representa el 43.4 % de la meta anual de 374.3 millones de córdobas, un objetivo que, a su vez, fue fijado un 32 % por encima del establecido para el año 2024.
Especialistas y transportistas prevén que la cifra podría incrementarse con fuerza en los próximos meses, impulsada por la controvertida reducción del límite de velocidad en las carreteras, una medida que ha generado rechazo ciudadano y que no ha mostrado resultados positivos en la reducción de accidentes.
La Ley 431, que regula la circulación vehicular en Nicaragua, establecía un límite máximo de 100 kilómetros por hora en carretera. Sin embargo, a inicios de junio la Dirección de Tránsito Nacional lo redujo a 80 kilómetros por hora. Pocos días después, por instrucción directa de Ortega, se impuso un límite aún más estricto: 50 kilómetros por hora para automóviles y 40 kilómetros por hora para motocicletas.
La sanción por exceder esta velocidad es de 2,500 córdobas, y las autoridades ya han multado a decenas de conductores. Aunque Ortega anunció que la medida sería evaluada durante un plazo de 15 días —que venció el 08 de julio—, el límite se mantiene vigente hasta la fecha bajo la figura de un "proyecto piloto en revisión".
En declaraciones a medios oficialistas el jueves 14 de agosto de 2025, la comisionada general Vilma Reyes aseguró que el nuevo tope ha dado "buenos resultados" y que los conductores "están asimilando" la medida, pese a que los datos oficiales muestran un incremento en las muertes por accidentes entre el 16 de junio y el 06 de julio.
El endurecimiento del límite de velocidad ha afectado especialmente a los transportistas que cubren rutas interlocales, como la Jinotepe-Managua, una de las más transitadas en el departamento de Carazo. Propietarios y conductores denuncian que entre 15 y 20 choferes han perdido su licencia de conducir por periodos de hasta tres meses, además de ser sancionados con la multa máxima, debido a que las cooperativas mantienen los mismos horarios y tiempos de recorrido.
Para cumplir con las salidas programadas, los conductores se ven obligados a superar el límite de 50 kilómetros por hora, lo que los expone a sanciones.
La falta de personal ha dejado al menos 15 unidades "parqueadas" en las terminales, reduciendo la cobertura y provocando largas filas de pasajeros, especialmente en la capital. Algunos usuarios han optado por tomar rutas alternativas, incluso haciendo múltiples transbordos, para llegar a sus destinos.
"Nos multan incluso sin mostrar el radar, y las señales en la carretera siguen marcando 60 u 80 kilómetros por hora, sólo las cubrieron con bolsas negras", denunció un transportista caraceño, quien lamentó que las cooperativas no ajusten los tiempos de viaje para evitar sanciones a los conductores.
El argumento oficial es que la reducción busca prevenir accidentes, pero la evidencia contradice esta afirmación. Durante el periodo de aplicación, las muertes en las vías no disminuyeron; por el contrario, en las semanas posteriores a su implementación se registró un incremento.
Las principales infracciones sancionadas en Nicaragua incluyen exceso de velocidad, conducción en estado de ebriedad, uso del teléfono celular al volante y falta de casco en motociclistas. En los casos más graves, como el manejo bajo los efectos del alcohol, la Policía impone no solo multas —que pueden llegar a los 5,000 córdobas— sino también hasta 72 horas de detención preventiva.
La Ley 431 contempla 63 tipos de infracciones, clasificadas desde leves hasta muy graves, con sanciones que van de 100 a 5,000 córdobas. Sin embargo, transportistas y ciudadanos perciben que el actual enfoque prioriza la recaudación por encima de la seguridad vial.
En paralelo a la medida del límite de velocidad, la Dirección de Tránsito anunció que ya no se emitirán licencias de conducir a menores de edad. Antes, era posible obtenerlas desde los 16 años. Ahora, el requisito mínimo es tener 18 años cumplidos. Los menores sorprendidos conduciendo son arrestados y posteriormente entregados a sus padres.
Pese a las múltiples afectaciones al transporte, a la economía de los conductores y a la movilidad de los usuarios, ni Ortega ni Murillo han emitido un pronunciamiento claro sobre el futuro de la medida.
Durante julio, el régimen encabezó actos conmemorativos por la Revolución Ciudadana de 1979 y otros eventos públicos, pero evitó referirse al límite de 50 kilómetros por hora, que se mantiene vigente más de dos meses después de haber sido impuesto como un plan "temporal".
Mientras tanto, el flujo de ingresos por multas sigue en ascenso, y todo indica que el reporte del tercer trimestre mostrará un salto significativo, con la Policía Nacional acercándose —y probablemente superando— su meta anual de recaudación mucho antes de que termine el 2025.
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